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Ley Federal de
Telecomunicaciones y de
Contenidos Audiovisuales


                Cámara de Diputados
                          Abril 2010
Antecedentes
Abril 2006
• Se publican las reformas a la Ley Federal de Radio y Televisión y a
  la Ley Federal de Telecomunicaciones (Ley Televisa)

Mayo de 2006
• Acción de inconstitucionalidad presentada por 47 senadores.

Mayo 2007
• El ministro Sergio Salvador Aguirre Anguiano da a conocer el
  anteproyecto de sentencia.

Mayo-junio 2007
• La Suprema Corte de Justicia analiza el anteproyecto y dictó
  sentencia (7 de junio). De los 16 artículos impugnados por los
  senadores, sólo 8 fueron afectados total o parcialmente por la
  Corte.
Antecedentes
      Mayo-junio 2007

      La Suprema Corte de
        Justicia analiza el
        anteproyecto y dictó
        sentencia (7 de junio). De
        los 16 artículos
        impugnados por los
        senadores, sólo 8 fueron
        afectados total o
        parcialmente por la Corte.
Antecedentes
Septiembre 2007
• Reforma política. Modificaciones a la
  Constitución y al Código Federal de
  Instituciones y Procedimientos
  Electorales (COFIPE).

•   Se crea el El Grupo Plural para la
    Revisión de la Legislación en Materia
    de Telecomunicaciones y
    Radiodifusión.

Octubre 2007 a enero 2008
• Grupo Plural lleva a cabo audiencias.

Mayo 2008
• Concluye sus trabajos el Grupo
  Plural.
Beneficios
de la nueva
                                 Vanguardista
Ley      Derechos
              de los
          consumidores
                                                     Integral
            y usuarios



                                      LFTCA
        Fortalece
       el derecho                                          Convergente
    a la información



                        Amplía la
                         libertad         Procompetitiva
                       de expresión
Ley Federal de
                Telecomunicaciones y
               Contenidos Audiovisuales
                         2010

Telecomunicaciones                       Radiodifusión
   Ley Federal de                     Ley Federal de Radio
 Telecomunicaciones                       y Televisión
        1995                                 1960




                  Regulación convergente
LEY FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES Y CONTENIDOS AUDIOVISUALES


TÍTULO I: PRINCIPIOS GENERALES


TÍTULO II: JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA


TÍTULO III: DE LA PLANEACION Y LA ADMINISTRACION DEL
ESPECTRO RADIOELECTRICO


TÍTULO IV: DEL REGIMEN DE AUTORIZACIONES


TÍTULO V: DE LA OPERACIÓN DE LOS SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES


TÍTULO VI: DE LA DOMINANCIA EN TELECOMUNICACIONES
                                                                                              13 Títulos
TÍTULO VII: DE LA CERTIFICACIÓN Y EVALUACIÓN DE LA CONFORMIDAD CON
LAS NORMAS                                                                                   272 Artículos
TÍTULO VIII: DE LA VERIFICACIÓN Y VIGILANCIA


TÍTULO IX: DE LA COBERTURA SOCIAL DE LAS REDES PÚBLICAS


TÍTULO X: DE LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS DE LOS USUARIOS


TÍTULO XI: DE LOS CONTENIDOS AUDIOVISUALES


TÍTULO XII
DEL REGISTRO PÚBLICO DE TELECOMUNICACIONES Y DEL REGISTRO DE USUARIOS


TÍTULO XIII: INFRACCIONES Y SANCIONES
Propuestas fundamentales
                         Órgano regulador
ANTES                                  AHORA

Comisión Federal de                    Instituto Federal de
Telecomunicaciones                     Telecomunicaciones y de Contenidos
                                       Audiovisuales
5 comisionados                         7 comisionados con integración
                                       multidisciplinaria

Elige el titular del Poder Ejecutivo   Elige el titular del Poder Ejecutivo


Atribuciones en radiodifusión          Atribuciones más amplias en
                                       radiodifusión y telecomunicaciones

Consejo Consultivo (sin funcionar)     Consejo Consultivo y uno o varios
                                       comités consultivos de nuevas
                                       tecnologías
Propuestas fundamentales
                Concesiones y permisos
Atendiendo la sentencia
                                    Concesiones
   de la SCJN, se
   homogeiniza la figura            • Uso comercial
   de la concesión para             • Uso social
   el otorgamiento de               • Uso público
   frecuencias o bandas             • Uso privado
   de frecuencias del
   espectro                Nuevo
                                    Permisos
   radioeléctrico          modelo   • Redes públicas (por
                                      ejemplo, sistemas de TV
De esta manera, la                    por cable que no usan
                                      espectro).
  figura de “permiso”
  en radiodifusión                  • Comercializadoras
                                      (comercializan servicios
  desaparece.                         de telecomunicaciones sin
                                      ser concesionarios).
Propuestas fundamentales
                                  Concesiones de uso comercial


Pago de contraprestación
por las concesiones

* 10 años en radiodifusión
* 15 años en telecomunicaciones


Licitación pública sin subasta


Criterios transparentes en el proceso
de otorgamiento de concesiones
Propuestas fundamentales
  Inversión extranjera directa
                     • 100% en
                       telecomunicaciones
                     • 25% en
                       radiodifusión
Propuestas fundamentales
                           Refrendos
Se atiende puntualmente la sentencia 26/2006 de la SCJN en esta
  materia, al establecerse en la Ley lo siguiente:

Un año antes de que inicie la última quinta parte del periodo de
  vigencia de la concesión para uso comercial, el Instituto deberá
  licitar las frecuencias o banda de frecuencias objeto de la misma.
  Para tal efecto, el Instituto deberá incluir dichas frecuencias o
  banda de frecuencias en el programa de licitaciones que se
  llevarán a cabo durante ese año calendario.

Cuando al final de la evaluación de las propuestas, los proyectos
  presentados por el concesionario y los demás participantes
  resulten en una igualdad absoluta de condiciones, en cuanto a su
  idoneidad y al cumplimiento de los requisitos exigidos para el
  otorgamiento de la concesión, el concesionario, por una sola vez,
  tendrá derecho de preferencia sobre terceros para seguir operando
  la misma.
Propuestas fundamentales
                                                   Asignaciones de uso público


Se otorgan por asignación al gobierno federal, entidades
federativas, órganos autónomos, Universidades públicas



Obligación de crear Consejos Consultivos con
participación social


Fuentes de financiamiento alternas: patrocinios,
donativos, publicidad acotada


Obligación de crear defensores de audiencia y
códigos de ética


Concesiones operadas por órganos descentralizados
para promover independencia editorial
Propuestas fundamentales
Se cubre omisión legislativa                           Concesiones de uso social




                           Para necesidades de comunicación
                           cultural, comunitaria, científica,
                           educativa y de experimentación



Para pueblos y comunidades
indígenas o equiparables, las
concesiones se otorgarán a petición de
parte y con procedimientos simplificados



                           Fuentes de financiamiento alternas:
                           patrocinios, donativos, publicidad
                           acotada
Propuestas fundamentales
                   Convergencia
La convergencia entre radiodifusión y telecomunicaciones
      se promueve con la posibilidad de que se presten
      servicios de telecomunicaciones adicionales a los
      contemplados en sus títulos de concesión, sujetándose a
      lo que estableció la SCJN.

La transmisión de más de un canal de
       televisión en el mismo ancho de
       banda originalmente
       concesionado o asignado se
       considerará como un servicio
       adicional de telecomunicaciones.
Propuestas fundamentales


                                                  Video
                                          Datos
                                                   Voz/
                                                   Audio

               Información                                             Radiodifusión


Entretenimiento                                                                 Internet
               Comunicación                                Telecomunicaciones


                                           Electro-
                                         domésticos
                              Computadoras
                                            Equipo
                                            Terminal


Fuente: ETRI
Propuestas fundamentales
                 Convergencia
Los servicios asociados al servicio de radiodifusión
     (datos, imágenes o sonidos complementarios),
     podrán prestarse libremente siempre y cuando
     no impliquen alguna contraprestación por parte del
     público para recibirlos, salvo el disponer de los
     receptores adecuados para ello. De lo contrario, se
     entenderá como servicios adicionales de
     telecomunicaciones.
Propuestas fundamentales
               Dominancia

              ¿Quién es
              dominante?


                       En radiodifusión, que acapare:
Quien tenga 25% más    25% de audiencia
                       25% de frecuencias
   de ingresos que     25% de ingresos por publicidad
                       90% del control del proceso total
        su más         de su programación su producción
  cercano competidor   propia y no se abra a productores
Propuestas fundamentales
                     Dominancia
Algunas obligaciones específicas:

   Interconexión no discriminatoria con otros operadores.
   Prohibición de la propiedad cruzada en otros medios
    telecomunicaciones y radiodifusión, plataformas de transmisión
    de contenidos o en periódicos y revistas.
   No participar en proceso de licitación alguno sobre nuevas
    asignaciones de frecuencias para el mismo servicio, zona o
    área geográfica de cobertura, u operar bajo arrendamiento
    emisoras adicionales a las autorizadas.
Propuestas fundamentales
     Fomento de la competencia

Retransmisión   En sistemas de TV de cable y satelital
 de señales        por ser servicio universal que debe
                   ser atendido en beneficio de los
 abiertas de       usuarios y deje de ser utilizado para
 TV                limitar la competencia




                Clave para el acceso a la
                   infraestructura y el fortalecimiento
                   de la competencia entre
Interconexión      operadores para elevar la calidad
                   de los servicios y ofrecer tarifas
                   más bajas a los consumidores
Propuestas fundamentales
 Protección de los derechos de los usuarios

 Mayores atribuciones a la Profeco
  para promover y verificar que los
  servicios de telecomunicaciones se
  presten con los estándares de
  calidad y precio, además de lo que
  establece la Ley Federal de
  Protección al Consumidor

 Obligación de los operadores de
  garantizar la confidencialidad y
  privacidad de las comunicaciones,
  salvo cuando medie orden de
  autoridad competente.
Propuestas fundamentales
Protección de los derechos de los usuarios
También los prestadores de servicios de telecomunicaciones deberán cumplir:

- Facturación desglosando los conceptos por servicio y las tarifas aplicadas.
- Establecer un procedimiento expedito para la atención y solución de las
         reclamaciones de los usuarios.
- Ofrecer acceso gratuito a los números de emergencia.
- Obtener autorización del Instituto para suspender de manera general la
         prestación de un servicio de telecomunicaciones.
- Bonificar o reembolsar a los usuarios cuando la suspensión o interrupción
         del servicio exceda 24 horas.
- Abstenerse de facturar servicios no contemplados en el contrato.
- Dar aviso a los usuarios y al Instituto de cualquier circunstancia previsible
         que repercuta en forma generalizada o significativa en la prestación
         del servicio, con una antelación mínima de 24 horas.
- Cuando se dé por terminado anticipadamente el contrato, reembolsar a los
         usuarios, dentro de los 10 días naturales siguientes a que ello ocurra,
         cualquier cantidad pagada en forma anticipada
- Atender las medidas que indique el Instituto para el uso de los servicios por
         parte de las personas discapacitadas.
Propuestas fundamentales
        Protección de los derechos de los
                 consumidores
 Se acaba el redondeo. Se pagará
  por lo que realmente se consume

 La unidad de medida será el
  segundo cuando se convenga con el
  usuario utilizar el tiempo para
  determinar el pago por la prestación
  de los servicios de
  telecomunicaciones.
Propuestas fundamentales
    Contenidos en convergencia

Regulación de contenidos de radio y televisión,
  independientemente del medio tecnológico
               que los transmita
Propuestas fundamentales
   Contenidos: Programación infantil
Mayor protección    Clasificación:
 para la niñez en
 materia de         • Aptos para todo
 contenidos           público, en cualquier
 audiovisuales        horario.
                    • Aptos únicamente
                      para adultos a partir
                      de las 22:00 horas y
                      hasta las 06:00 horas.
Propuestas fundamentales
      Contenidos: Programación infantil
                               Principios que deberán cumplirse



Evitar las transmisiones contrarias a los
                                                        Evitar la programación que estimule o
principios de paz, de no discriminación
                                                             haga apología de la violencia
   y de respeto a todas las personas



Informar y orientar sobre los derechos de              Promover el respeto a los derechos de
          las niñas y los niños;                          las personas con discapacidad



  Promover una cultura ecológica que
                                                        Promover la tolerancia y el respeto a la
  fomente la conciencia, el respeto y
                                                     diversidad de opiniones e igualdad de género
  la preservación del medio ambiente



   Promover una cultura de respeto y
       protección a los animales
Propuestas fundamentales
                   Mejores contenidos
En la programación de radio y televisión que se transmita no se podrá:
× Atentar contra la dignidad humana y el respeto a las convicciones políticas
  y religiosas.
× Discriminar por motivos de género, etnia, nacionalidad, edad, capacidades
  físicas diferentes, o cualquier otra circunstancia personal o social.
× Afectar el honor, la intimidad, el derecho a la propia imagen y la vida
  privada de las personas y demás derechos y libertades
× Promover, estimular o hacer apología de la violencia.
× Difundir información contraria a la seguridad del Estado, a la integración
  nacional, a la paz y al orden público.
× Transmitir información contraria a la conservación, respeto y preservación
  del medio ambiente.
× Violentar los preceptos establecidos en otros ordenamientos legales
  aplicables, y
× Transmitir loterías, rifas y otra clase de sorteos, sin previa autorización de
  la Secretaría de Gobernación.
Propuestas fundamentales
    Derecho de réplica
      Toda persona que se considere afectada por
        informaciones inexactas o agraviantes
        emitidas por radio o televisión, cuya
        divulgación pueda causarle un perjuicio,
        tiene derecho a efectuar en el mismo medio
        su rectificación.

      Si la rectificación no se divulga, el interesado
          podrá acudir ante el Instituto, para el
          dictamen de procedencia. En caso de que el
          Instituto concediere de pleno derecho la
          réplica, la emisora responsable estará
          obligada a su inmediata difusión.
Propuestas fundamentales
   Estímulo a la producción nacional
Como lo hacen las naciones más desarrollados en el
  mundo, esta propuesta tiene la finalidad de estimular
  producción audiovisual generada en el país y la
  difusión de las más diversas visiones y propuestas
  en los contenidos de radio y televisión.

Se deberán transmitir contenidos nacionales en un
  porcentaje no menor al 50% del tiempo total de la
  programación diaria, salvo en las emisoras con formato
  eminentemente musical.

En el caso del servicio restringido esta disposición se
  aplica para los canales de producción propia.
Propuestas fundamentales
Estímulo a la producción independiente

Dentro del porcentaje establecido para la
 producción nacional, al menos el 20% de la
 programación deberá ser contratada a
 productores independientes.

Creación del Fondo Nacional para el Apoyo a la
  Producción Independiente, con el objetivo de
  contribuir a elevar la calidad de los contenidos.
Propuestas fundamentales
    Estímulo a la producción nacional

                             de producción
                             nacional

a) El primer año a partir de la entrada en vigor de esta Ley, el 20%
b) A partir del segundo año y hasta el inicio del tercer año, el 30%
c) Durante el cuarto año, el 40% y
d) El quinto año el 50%

Esta gradualidad es para fortalecer la industria nacional, mientras
                    el Fondo comienza a operar
Propuestas fundamentales
Atención a personas con discapacidad
Los operadores deberán
  incorporar a sus redes el
  sistema de subtitulado de
  acceso opcional, destinado a
  permitir que las personas
  sordas o con dificultades para
  captar la señal de audio,
  puedan comprender lo que se
  dice en los programas de
  televisión o en los videos.
En el caso de la información relevante para el interés general,
  en materia de seguridad nacional, salubridad general y
  protección civil y en al menos uno de sus espacios
  informativos diarios, de manera simultánea al lenguaje oral,
  se deberá emplear la lengua de señas mexicana y/o
  subtítulos.
Propuestas fundamentales
                Códigos de ética
Los concesionarios del servicio de radio y televisión
  deberán poner a disposición del público:

 Código de Ética

 Defensor de la audiencia




  Para promover la autorregulación y atender a las
       audiencias respecto de los contenidos
Propuestas fundamentales
Derechos de los informadores
           Se garantiza, como en los países
                      avanzados, la

                  “Cláusula de
                   Conciencia”
                Los profesionales de la
              información que trabajen en
                 radio y televisión podrán
               negarse motivadamente, a
             participar en la elaboración de
             informaciones contrarias a los
             principios del código de ética,
               sin que ello pueda suponer
                   sanción o perjuicio.
Propuestas fundamentales
                   Tiempos de Estado
   Situación actual                     Propuesta
   Radio                                Radio
   30 minutos (LFRT)                    60 minutos
   35 minutos (Decreto 2002)            (5 menos)
   Televisión                           Televisión
   30 minutos (LFRT)                    60 minutos
   18 minutos (Decreto 2002)            (12 más)

En atención a la garantía del derecho a la información de los ciudadanos y a
    lo que establece la Constitución, el uso del tiempo de Estado será para
     informar de acciones de gobierno de interés general por lo deberá
  tener carácter institucional y fines informativos, educativos o de orientación
     social y en ningún caso estos mensajes incluirán nombres, imágenes,
    voces o símbolos que impliquen promoción personalizada de cualquier
                                  servidor publico.
Propuestas fundamentales
                Tiempos de Estado
Serán utilizados en forma proporcional y descentralizada por los
   poderes de la unión y los órganos constitucionales autónomos,
   con excepción de lo dispuesto en otros ordenamientos para la
   asignación y uso de los tiempos para fines electorales.

   40%: Poder Ejecutivo Federal (en emisoras de
    radiodifusión de carácter local, la mitad de ese tiempo
    se compartirá con los gobiernos de los estados,
    distribuidos a su vez de manera proporcional entre los
    poderes locales)
   30%: Poder Legislativo (en partes iguales entre la
    Cámara de Diputados y la Cámara de Senadores)
   10%: Poder Judicial Federal, y
   20%: Órganos constitucionales autónomos
Propuestas fundamentales
       Publicidad: tiempo autorizado
Concesionarios con fines de lucro:
     En TV no más de 12 minutos por hora
     En radio no más de 24 minutos por hora
Concesionarios sin fines de lucro:
     En TV no más de 6 minutos por hora
     En radio no más de 12 minutos por hora

La aportación fundamental es que la autorización es por
  por hora y no por tiempo total de programación, como
  ocurre ahora, para no acumular publicidad solo en
  determinados horarios.
Propuestas fundamentales
  Publicidad: respeto a las audiencias
 Respetar la continuidad de algunos programas (deportivos
  o de entretenimiento, por ejemplo) y no insertar publicidad
  durante el desarrollo del evento, sino mediante imágenes
  superpuestas que no rebasen una quinta parte de la pantalla
  a fin de no interferir la visión del evento, o con menciones o
  efectos sonoros.

 Prohibida la publicidad encubierta. Ésta debe
  diferenciarse claramente del programa, mediante simbología
  a través de medios ópticos, acústicos o ambos.

 La publicidad o propaganda en contenidos informativos de
  la programación debe ser identificada como inserción
  pagada mediante un texto superpuesto que permita
  reconocerla como tal.
Propuestas fundamentales
  Publicidad: respeto a las audiencias
En atención al problema de salud publica en materia
  de nutrición:

 En la publicidad dirigida a la población infantil y
  en los cortes entre uno y otro programas de esa
  índole, únicamente se transmitirá publicidad
  relativa a productos alimenticios y bebidas
  cuando cuente con autorización expresa de la
  Secretaría de Salud y de la Profeco, a fin de evitar
  que se distorsionen los hábitos de la buena
  nutrición, que fomenten la adquisición o el consumo
  de productos y alimentos con bajo contenido
  nutricional o alto valor energético, así como de
  bebidas no alcohólicas carbonatadas, hidratantes o
  energizantes.

 Esta publicidad no podrá exceder del 20% del
  total del tiempo autorizado para publicidad por
  hora.
Propuestas fundamentales
        Fondo de Cobertura Social
Administrado a través de un fideicomiso que no
     tendrá carácter de entidad paraestatal,
     constituido en una sociedad nacional de
     crédito

     Contará con un Comité Técnico, integrado
           por representantes de la SCT, SHCP.
           SE, SEDESOL, SEP, SS, SFP, así como
           por especialistas.

          Su patrimonio se integrará de presupuesto federal; de
                 concesionarios, permisionarios o asignatarios;
                 de los estados y municipios, y de cualquier otra
                 persona física o moral.
Propuestas fundamentales
         Fondo de Cobertura Social
Si concesionarios, permisionarios o asignatarios realizan
        aportaciones al Fondo por el equivalente de al menos
        el 1% por ciento de sus ingresos brutos, estarán
        exentos de obligaciones y compromisos de cobertura
        social establecidos en sus títulos.

    La SHCP incluirá en el proyecto de presupuesto de egresos
          una cantidad equivalente, cuando menos, al 30% de
          los ingresos que en el ejercicio fiscal anterior se
          hubieren obtenido por concepto de multas, derechos y
          aprovechamientos en materia de telecomunicaciones.



           Los recursos del Fondo se administrarán de manera
                  eficiente, pública, explícita y transparente.

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Ley federal de_telecomunicaciones_y_contenidos_audiovisuales

  • 1. Ley Federal de Telecomunicaciones y de Contenidos Audiovisuales Cámara de Diputados Abril 2010
  • 2. Antecedentes Abril 2006 • Se publican las reformas a la Ley Federal de Radio y Televisión y a la Ley Federal de Telecomunicaciones (Ley Televisa) Mayo de 2006 • Acción de inconstitucionalidad presentada por 47 senadores. Mayo 2007 • El ministro Sergio Salvador Aguirre Anguiano da a conocer el anteproyecto de sentencia. Mayo-junio 2007 • La Suprema Corte de Justicia analiza el anteproyecto y dictó sentencia (7 de junio). De los 16 artículos impugnados por los senadores, sólo 8 fueron afectados total o parcialmente por la Corte.
  • 3. Antecedentes Mayo-junio 2007 La Suprema Corte de Justicia analiza el anteproyecto y dictó sentencia (7 de junio). De los 16 artículos impugnados por los senadores, sólo 8 fueron afectados total o parcialmente por la Corte.
  • 4. Antecedentes Septiembre 2007 • Reforma política. Modificaciones a la Constitución y al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (COFIPE). • Se crea el El Grupo Plural para la Revisión de la Legislación en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión. Octubre 2007 a enero 2008 • Grupo Plural lleva a cabo audiencias. Mayo 2008 • Concluye sus trabajos el Grupo Plural.
  • 5. Beneficios de la nueva Vanguardista Ley Derechos de los consumidores Integral y usuarios LFTCA Fortalece el derecho Convergente a la información Amplía la libertad Procompetitiva de expresión
  • 6. Ley Federal de Telecomunicaciones y Contenidos Audiovisuales 2010 Telecomunicaciones Radiodifusión Ley Federal de Ley Federal de Radio Telecomunicaciones y Televisión 1995 1960 Regulación convergente
  • 7. LEY FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES Y CONTENIDOS AUDIOVISUALES TÍTULO I: PRINCIPIOS GENERALES TÍTULO II: JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA TÍTULO III: DE LA PLANEACION Y LA ADMINISTRACION DEL ESPECTRO RADIOELECTRICO TÍTULO IV: DEL REGIMEN DE AUTORIZACIONES TÍTULO V: DE LA OPERACIÓN DE LOS SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES TÍTULO VI: DE LA DOMINANCIA EN TELECOMUNICACIONES 13 Títulos TÍTULO VII: DE LA CERTIFICACIÓN Y EVALUACIÓN DE LA CONFORMIDAD CON LAS NORMAS 272 Artículos TÍTULO VIII: DE LA VERIFICACIÓN Y VIGILANCIA TÍTULO IX: DE LA COBERTURA SOCIAL DE LAS REDES PÚBLICAS TÍTULO X: DE LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS DE LOS USUARIOS TÍTULO XI: DE LOS CONTENIDOS AUDIOVISUALES TÍTULO XII DEL REGISTRO PÚBLICO DE TELECOMUNICACIONES Y DEL REGISTRO DE USUARIOS TÍTULO XIII: INFRACCIONES Y SANCIONES
  • 8. Propuestas fundamentales Órgano regulador ANTES AHORA Comisión Federal de Instituto Federal de Telecomunicaciones Telecomunicaciones y de Contenidos Audiovisuales 5 comisionados 7 comisionados con integración multidisciplinaria Elige el titular del Poder Ejecutivo Elige el titular del Poder Ejecutivo Atribuciones en radiodifusión Atribuciones más amplias en radiodifusión y telecomunicaciones Consejo Consultivo (sin funcionar) Consejo Consultivo y uno o varios comités consultivos de nuevas tecnologías
  • 9. Propuestas fundamentales Concesiones y permisos Atendiendo la sentencia Concesiones de la SCJN, se homogeiniza la figura • Uso comercial de la concesión para • Uso social el otorgamiento de • Uso público frecuencias o bandas • Uso privado de frecuencias del espectro Nuevo Permisos radioeléctrico modelo • Redes públicas (por ejemplo, sistemas de TV De esta manera, la por cable que no usan espectro). figura de “permiso” en radiodifusión • Comercializadoras (comercializan servicios desaparece. de telecomunicaciones sin ser concesionarios).
  • 10. Propuestas fundamentales Concesiones de uso comercial Pago de contraprestación por las concesiones * 10 años en radiodifusión * 15 años en telecomunicaciones Licitación pública sin subasta Criterios transparentes en el proceso de otorgamiento de concesiones
  • 11. Propuestas fundamentales Inversión extranjera directa • 100% en telecomunicaciones • 25% en radiodifusión
  • 12. Propuestas fundamentales Refrendos Se atiende puntualmente la sentencia 26/2006 de la SCJN en esta materia, al establecerse en la Ley lo siguiente: Un año antes de que inicie la última quinta parte del periodo de vigencia de la concesión para uso comercial, el Instituto deberá licitar las frecuencias o banda de frecuencias objeto de la misma. Para tal efecto, el Instituto deberá incluir dichas frecuencias o banda de frecuencias en el programa de licitaciones que se llevarán a cabo durante ese año calendario. Cuando al final de la evaluación de las propuestas, los proyectos presentados por el concesionario y los demás participantes resulten en una igualdad absoluta de condiciones, en cuanto a su idoneidad y al cumplimiento de los requisitos exigidos para el otorgamiento de la concesión, el concesionario, por una sola vez, tendrá derecho de preferencia sobre terceros para seguir operando la misma.
  • 13. Propuestas fundamentales Asignaciones de uso público Se otorgan por asignación al gobierno federal, entidades federativas, órganos autónomos, Universidades públicas Obligación de crear Consejos Consultivos con participación social Fuentes de financiamiento alternas: patrocinios, donativos, publicidad acotada Obligación de crear defensores de audiencia y códigos de ética Concesiones operadas por órganos descentralizados para promover independencia editorial
  • 14. Propuestas fundamentales Se cubre omisión legislativa Concesiones de uso social Para necesidades de comunicación cultural, comunitaria, científica, educativa y de experimentación Para pueblos y comunidades indígenas o equiparables, las concesiones se otorgarán a petición de parte y con procedimientos simplificados Fuentes de financiamiento alternas: patrocinios, donativos, publicidad acotada
  • 15. Propuestas fundamentales Convergencia La convergencia entre radiodifusión y telecomunicaciones se promueve con la posibilidad de que se presten servicios de telecomunicaciones adicionales a los contemplados en sus títulos de concesión, sujetándose a lo que estableció la SCJN. La transmisión de más de un canal de televisión en el mismo ancho de banda originalmente concesionado o asignado se considerará como un servicio adicional de telecomunicaciones.
  • 16. Propuestas fundamentales Video Datos Voz/ Audio Información Radiodifusión Entretenimiento Internet Comunicación Telecomunicaciones Electro- domésticos Computadoras Equipo Terminal Fuente: ETRI
  • 17. Propuestas fundamentales Convergencia Los servicios asociados al servicio de radiodifusión (datos, imágenes o sonidos complementarios), podrán prestarse libremente siempre y cuando no impliquen alguna contraprestación por parte del público para recibirlos, salvo el disponer de los receptores adecuados para ello. De lo contrario, se entenderá como servicios adicionales de telecomunicaciones.
  • 18. Propuestas fundamentales Dominancia ¿Quién es dominante? En radiodifusión, que acapare: Quien tenga 25% más 25% de audiencia 25% de frecuencias de ingresos que 25% de ingresos por publicidad 90% del control del proceso total su más de su programación su producción cercano competidor propia y no se abra a productores
  • 19. Propuestas fundamentales Dominancia Algunas obligaciones específicas:  Interconexión no discriminatoria con otros operadores.  Prohibición de la propiedad cruzada en otros medios telecomunicaciones y radiodifusión, plataformas de transmisión de contenidos o en periódicos y revistas.  No participar en proceso de licitación alguno sobre nuevas asignaciones de frecuencias para el mismo servicio, zona o área geográfica de cobertura, u operar bajo arrendamiento emisoras adicionales a las autorizadas.
  • 20. Propuestas fundamentales Fomento de la competencia Retransmisión En sistemas de TV de cable y satelital de señales por ser servicio universal que debe ser atendido en beneficio de los abiertas de usuarios y deje de ser utilizado para TV limitar la competencia Clave para el acceso a la infraestructura y el fortalecimiento de la competencia entre Interconexión operadores para elevar la calidad de los servicios y ofrecer tarifas más bajas a los consumidores
  • 21. Propuestas fundamentales Protección de los derechos de los usuarios  Mayores atribuciones a la Profeco para promover y verificar que los servicios de telecomunicaciones se presten con los estándares de calidad y precio, además de lo que establece la Ley Federal de Protección al Consumidor  Obligación de los operadores de garantizar la confidencialidad y privacidad de las comunicaciones, salvo cuando medie orden de autoridad competente.
  • 22. Propuestas fundamentales Protección de los derechos de los usuarios También los prestadores de servicios de telecomunicaciones deberán cumplir: - Facturación desglosando los conceptos por servicio y las tarifas aplicadas. - Establecer un procedimiento expedito para la atención y solución de las reclamaciones de los usuarios. - Ofrecer acceso gratuito a los números de emergencia. - Obtener autorización del Instituto para suspender de manera general la prestación de un servicio de telecomunicaciones. - Bonificar o reembolsar a los usuarios cuando la suspensión o interrupción del servicio exceda 24 horas. - Abstenerse de facturar servicios no contemplados en el contrato. - Dar aviso a los usuarios y al Instituto de cualquier circunstancia previsible que repercuta en forma generalizada o significativa en la prestación del servicio, con una antelación mínima de 24 horas. - Cuando se dé por terminado anticipadamente el contrato, reembolsar a los usuarios, dentro de los 10 días naturales siguientes a que ello ocurra, cualquier cantidad pagada en forma anticipada - Atender las medidas que indique el Instituto para el uso de los servicios por parte de las personas discapacitadas.
  • 23. Propuestas fundamentales Protección de los derechos de los consumidores  Se acaba el redondeo. Se pagará por lo que realmente se consume  La unidad de medida será el segundo cuando se convenga con el usuario utilizar el tiempo para determinar el pago por la prestación de los servicios de telecomunicaciones.
  • 24. Propuestas fundamentales Contenidos en convergencia Regulación de contenidos de radio y televisión, independientemente del medio tecnológico que los transmita
  • 25. Propuestas fundamentales Contenidos: Programación infantil Mayor protección Clasificación: para la niñez en materia de • Aptos para todo contenidos público, en cualquier audiovisuales horario. • Aptos únicamente para adultos a partir de las 22:00 horas y hasta las 06:00 horas.
  • 26. Propuestas fundamentales Contenidos: Programación infantil Principios que deberán cumplirse Evitar las transmisiones contrarias a los Evitar la programación que estimule o principios de paz, de no discriminación haga apología de la violencia y de respeto a todas las personas Informar y orientar sobre los derechos de Promover el respeto a los derechos de las niñas y los niños; las personas con discapacidad Promover una cultura ecológica que Promover la tolerancia y el respeto a la fomente la conciencia, el respeto y diversidad de opiniones e igualdad de género la preservación del medio ambiente Promover una cultura de respeto y protección a los animales
  • 27. Propuestas fundamentales Mejores contenidos En la programación de radio y televisión que se transmita no se podrá: × Atentar contra la dignidad humana y el respeto a las convicciones políticas y religiosas. × Discriminar por motivos de género, etnia, nacionalidad, edad, capacidades físicas diferentes, o cualquier otra circunstancia personal o social. × Afectar el honor, la intimidad, el derecho a la propia imagen y la vida privada de las personas y demás derechos y libertades × Promover, estimular o hacer apología de la violencia. × Difundir información contraria a la seguridad del Estado, a la integración nacional, a la paz y al orden público. × Transmitir información contraria a la conservación, respeto y preservación del medio ambiente. × Violentar los preceptos establecidos en otros ordenamientos legales aplicables, y × Transmitir loterías, rifas y otra clase de sorteos, sin previa autorización de la Secretaría de Gobernación.
  • 28. Propuestas fundamentales Derecho de réplica Toda persona que se considere afectada por informaciones inexactas o agraviantes emitidas por radio o televisión, cuya divulgación pueda causarle un perjuicio, tiene derecho a efectuar en el mismo medio su rectificación. Si la rectificación no se divulga, el interesado podrá acudir ante el Instituto, para el dictamen de procedencia. En caso de que el Instituto concediere de pleno derecho la réplica, la emisora responsable estará obligada a su inmediata difusión.
  • 29. Propuestas fundamentales Estímulo a la producción nacional Como lo hacen las naciones más desarrollados en el mundo, esta propuesta tiene la finalidad de estimular producción audiovisual generada en el país y la difusión de las más diversas visiones y propuestas en los contenidos de radio y televisión. Se deberán transmitir contenidos nacionales en un porcentaje no menor al 50% del tiempo total de la programación diaria, salvo en las emisoras con formato eminentemente musical. En el caso del servicio restringido esta disposición se aplica para los canales de producción propia.
  • 30. Propuestas fundamentales Estímulo a la producción independiente Dentro del porcentaje establecido para la producción nacional, al menos el 20% de la programación deberá ser contratada a productores independientes. Creación del Fondo Nacional para el Apoyo a la Producción Independiente, con el objetivo de contribuir a elevar la calidad de los contenidos.
  • 31. Propuestas fundamentales Estímulo a la producción nacional de producción nacional a) El primer año a partir de la entrada en vigor de esta Ley, el 20% b) A partir del segundo año y hasta el inicio del tercer año, el 30% c) Durante el cuarto año, el 40% y d) El quinto año el 50% Esta gradualidad es para fortalecer la industria nacional, mientras el Fondo comienza a operar
  • 32. Propuestas fundamentales Atención a personas con discapacidad Los operadores deberán incorporar a sus redes el sistema de subtitulado de acceso opcional, destinado a permitir que las personas sordas o con dificultades para captar la señal de audio, puedan comprender lo que se dice en los programas de televisión o en los videos. En el caso de la información relevante para el interés general, en materia de seguridad nacional, salubridad general y protección civil y en al menos uno de sus espacios informativos diarios, de manera simultánea al lenguaje oral, se deberá emplear la lengua de señas mexicana y/o subtítulos.
  • 33. Propuestas fundamentales Códigos de ética Los concesionarios del servicio de radio y televisión deberán poner a disposición del público:  Código de Ética  Defensor de la audiencia Para promover la autorregulación y atender a las audiencias respecto de los contenidos
  • 34. Propuestas fundamentales Derechos de los informadores Se garantiza, como en los países avanzados, la “Cláusula de Conciencia” Los profesionales de la información que trabajen en radio y televisión podrán negarse motivadamente, a participar en la elaboración de informaciones contrarias a los principios del código de ética, sin que ello pueda suponer sanción o perjuicio.
  • 35. Propuestas fundamentales Tiempos de Estado Situación actual Propuesta Radio Radio 30 minutos (LFRT) 60 minutos 35 minutos (Decreto 2002) (5 menos) Televisión Televisión 30 minutos (LFRT) 60 minutos 18 minutos (Decreto 2002) (12 más) En atención a la garantía del derecho a la información de los ciudadanos y a lo que establece la Constitución, el uso del tiempo de Estado será para informar de acciones de gobierno de interés general por lo deberá tener carácter institucional y fines informativos, educativos o de orientación social y en ningún caso estos mensajes incluirán nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen promoción personalizada de cualquier servidor publico.
  • 36. Propuestas fundamentales Tiempos de Estado Serán utilizados en forma proporcional y descentralizada por los poderes de la unión y los órganos constitucionales autónomos, con excepción de lo dispuesto en otros ordenamientos para la asignación y uso de los tiempos para fines electorales.  40%: Poder Ejecutivo Federal (en emisoras de radiodifusión de carácter local, la mitad de ese tiempo se compartirá con los gobiernos de los estados, distribuidos a su vez de manera proporcional entre los poderes locales)  30%: Poder Legislativo (en partes iguales entre la Cámara de Diputados y la Cámara de Senadores)  10%: Poder Judicial Federal, y  20%: Órganos constitucionales autónomos
  • 37. Propuestas fundamentales Publicidad: tiempo autorizado Concesionarios con fines de lucro:  En TV no más de 12 minutos por hora  En radio no más de 24 minutos por hora Concesionarios sin fines de lucro:  En TV no más de 6 minutos por hora  En radio no más de 12 minutos por hora La aportación fundamental es que la autorización es por por hora y no por tiempo total de programación, como ocurre ahora, para no acumular publicidad solo en determinados horarios.
  • 38. Propuestas fundamentales Publicidad: respeto a las audiencias  Respetar la continuidad de algunos programas (deportivos o de entretenimiento, por ejemplo) y no insertar publicidad durante el desarrollo del evento, sino mediante imágenes superpuestas que no rebasen una quinta parte de la pantalla a fin de no interferir la visión del evento, o con menciones o efectos sonoros.  Prohibida la publicidad encubierta. Ésta debe diferenciarse claramente del programa, mediante simbología a través de medios ópticos, acústicos o ambos.  La publicidad o propaganda en contenidos informativos de la programación debe ser identificada como inserción pagada mediante un texto superpuesto que permita reconocerla como tal.
  • 39. Propuestas fundamentales Publicidad: respeto a las audiencias En atención al problema de salud publica en materia de nutrición:  En la publicidad dirigida a la población infantil y en los cortes entre uno y otro programas de esa índole, únicamente se transmitirá publicidad relativa a productos alimenticios y bebidas cuando cuente con autorización expresa de la Secretaría de Salud y de la Profeco, a fin de evitar que se distorsionen los hábitos de la buena nutrición, que fomenten la adquisición o el consumo de productos y alimentos con bajo contenido nutricional o alto valor energético, así como de bebidas no alcohólicas carbonatadas, hidratantes o energizantes.  Esta publicidad no podrá exceder del 20% del total del tiempo autorizado para publicidad por hora.
  • 40. Propuestas fundamentales Fondo de Cobertura Social Administrado a través de un fideicomiso que no tendrá carácter de entidad paraestatal, constituido en una sociedad nacional de crédito Contará con un Comité Técnico, integrado por representantes de la SCT, SHCP. SE, SEDESOL, SEP, SS, SFP, así como por especialistas. Su patrimonio se integrará de presupuesto federal; de concesionarios, permisionarios o asignatarios; de los estados y municipios, y de cualquier otra persona física o moral.
  • 41. Propuestas fundamentales Fondo de Cobertura Social Si concesionarios, permisionarios o asignatarios realizan aportaciones al Fondo por el equivalente de al menos el 1% por ciento de sus ingresos brutos, estarán exentos de obligaciones y compromisos de cobertura social establecidos en sus títulos. La SHCP incluirá en el proyecto de presupuesto de egresos una cantidad equivalente, cuando menos, al 30% de los ingresos que en el ejercicio fiscal anterior se hubieren obtenido por concepto de multas, derechos y aprovechamientos en materia de telecomunicaciones. Los recursos del Fondo se administrarán de manera eficiente, pública, explícita y transparente.