2. Antecedentes
Abril 2006
• Se publican las reformas a la Ley Federal de Radio y Televisión y a
la Ley Federal de Telecomunicaciones (Ley Televisa)
Mayo de 2006
• Acción de inconstitucionalidad presentada por 47 senadores.
Mayo 2007
• El ministro Sergio Salvador Aguirre Anguiano da a conocer el
anteproyecto de sentencia.
Mayo-junio 2007
• La Suprema Corte de Justicia analiza el anteproyecto y dictó
sentencia (7 de junio). De los 16 artículos impugnados por los
senadores, sólo 8 fueron afectados total o parcialmente por la
Corte.
3. Antecedentes
Mayo-junio 2007
La Suprema Corte de
Justicia analiza el
anteproyecto y dictó
sentencia (7 de junio). De
los 16 artículos
impugnados por los
senadores, sólo 8 fueron
afectados total o
parcialmente por la Corte.
4. Antecedentes
Septiembre 2007
• Reforma política. Modificaciones a la
Constitución y al Código Federal de
Instituciones y Procedimientos
Electorales (COFIPE).
• Se crea el El Grupo Plural para la
Revisión de la Legislación en Materia
de Telecomunicaciones y
Radiodifusión.
Octubre 2007 a enero 2008
• Grupo Plural lleva a cabo audiencias.
Mayo 2008
• Concluye sus trabajos el Grupo
Plural.
5. Beneficios
de la nueva
Vanguardista
Ley Derechos
de los
consumidores
Integral
y usuarios
LFTCA
Fortalece
el derecho Convergente
a la información
Amplía la
libertad Procompetitiva
de expresión
6. Ley Federal de
Telecomunicaciones y
Contenidos Audiovisuales
2010
Telecomunicaciones Radiodifusión
Ley Federal de Ley Federal de Radio
Telecomunicaciones y Televisión
1995 1960
Regulación convergente
7. LEY FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES Y CONTENIDOS AUDIOVISUALES
TÍTULO I: PRINCIPIOS GENERALES
TÍTULO II: JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA
TÍTULO III: DE LA PLANEACION Y LA ADMINISTRACION DEL
ESPECTRO RADIOELECTRICO
TÍTULO IV: DEL REGIMEN DE AUTORIZACIONES
TÍTULO V: DE LA OPERACIÓN DE LOS SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES
TÍTULO VI: DE LA DOMINANCIA EN TELECOMUNICACIONES
13 Títulos
TÍTULO VII: DE LA CERTIFICACIÓN Y EVALUACIÓN DE LA CONFORMIDAD CON
LAS NORMAS 272 Artículos
TÍTULO VIII: DE LA VERIFICACIÓN Y VIGILANCIA
TÍTULO IX: DE LA COBERTURA SOCIAL DE LAS REDES PÚBLICAS
TÍTULO X: DE LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS DE LOS USUARIOS
TÍTULO XI: DE LOS CONTENIDOS AUDIOVISUALES
TÍTULO XII
DEL REGISTRO PÚBLICO DE TELECOMUNICACIONES Y DEL REGISTRO DE USUARIOS
TÍTULO XIII: INFRACCIONES Y SANCIONES
8. Propuestas fundamentales
Órgano regulador
ANTES AHORA
Comisión Federal de Instituto Federal de
Telecomunicaciones Telecomunicaciones y de Contenidos
Audiovisuales
5 comisionados 7 comisionados con integración
multidisciplinaria
Elige el titular del Poder Ejecutivo Elige el titular del Poder Ejecutivo
Atribuciones en radiodifusión Atribuciones más amplias en
radiodifusión y telecomunicaciones
Consejo Consultivo (sin funcionar) Consejo Consultivo y uno o varios
comités consultivos de nuevas
tecnologías
9. Propuestas fundamentales
Concesiones y permisos
Atendiendo la sentencia
Concesiones
de la SCJN, se
homogeiniza la figura • Uso comercial
de la concesión para • Uso social
el otorgamiento de • Uso público
frecuencias o bandas • Uso privado
de frecuencias del
espectro Nuevo
Permisos
radioeléctrico modelo • Redes públicas (por
ejemplo, sistemas de TV
De esta manera, la por cable que no usan
espectro).
figura de “permiso”
en radiodifusión • Comercializadoras
(comercializan servicios
desaparece. de telecomunicaciones sin
ser concesionarios).
10. Propuestas fundamentales
Concesiones de uso comercial
Pago de contraprestación
por las concesiones
* 10 años en radiodifusión
* 15 años en telecomunicaciones
Licitación pública sin subasta
Criterios transparentes en el proceso
de otorgamiento de concesiones
11. Propuestas fundamentales
Inversión extranjera directa
• 100% en
telecomunicaciones
• 25% en
radiodifusión
12. Propuestas fundamentales
Refrendos
Se atiende puntualmente la sentencia 26/2006 de la SCJN en esta
materia, al establecerse en la Ley lo siguiente:
Un año antes de que inicie la última quinta parte del periodo de
vigencia de la concesión para uso comercial, el Instituto deberá
licitar las frecuencias o banda de frecuencias objeto de la misma.
Para tal efecto, el Instituto deberá incluir dichas frecuencias o
banda de frecuencias en el programa de licitaciones que se
llevarán a cabo durante ese año calendario.
Cuando al final de la evaluación de las propuestas, los proyectos
presentados por el concesionario y los demás participantes
resulten en una igualdad absoluta de condiciones, en cuanto a su
idoneidad y al cumplimiento de los requisitos exigidos para el
otorgamiento de la concesión, el concesionario, por una sola vez,
tendrá derecho de preferencia sobre terceros para seguir operando
la misma.
13. Propuestas fundamentales
Asignaciones de uso público
Se otorgan por asignación al gobierno federal, entidades
federativas, órganos autónomos, Universidades públicas
Obligación de crear Consejos Consultivos con
participación social
Fuentes de financiamiento alternas: patrocinios,
donativos, publicidad acotada
Obligación de crear defensores de audiencia y
códigos de ética
Concesiones operadas por órganos descentralizados
para promover independencia editorial
14. Propuestas fundamentales
Se cubre omisión legislativa Concesiones de uso social
Para necesidades de comunicación
cultural, comunitaria, científica,
educativa y de experimentación
Para pueblos y comunidades
indígenas o equiparables, las
concesiones se otorgarán a petición de
parte y con procedimientos simplificados
Fuentes de financiamiento alternas:
patrocinios, donativos, publicidad
acotada
15. Propuestas fundamentales
Convergencia
La convergencia entre radiodifusión y telecomunicaciones
se promueve con la posibilidad de que se presten
servicios de telecomunicaciones adicionales a los
contemplados en sus títulos de concesión, sujetándose a
lo que estableció la SCJN.
La transmisión de más de un canal de
televisión en el mismo ancho de
banda originalmente
concesionado o asignado se
considerará como un servicio
adicional de telecomunicaciones.
16. Propuestas fundamentales
Video
Datos
Voz/
Audio
Información Radiodifusión
Entretenimiento Internet
Comunicación Telecomunicaciones
Electro-
domésticos
Computadoras
Equipo
Terminal
Fuente: ETRI
17. Propuestas fundamentales
Convergencia
Los servicios asociados al servicio de radiodifusión
(datos, imágenes o sonidos complementarios),
podrán prestarse libremente siempre y cuando
no impliquen alguna contraprestación por parte del
público para recibirlos, salvo el disponer de los
receptores adecuados para ello. De lo contrario, se
entenderá como servicios adicionales de
telecomunicaciones.
18. Propuestas fundamentales
Dominancia
¿Quién es
dominante?
En radiodifusión, que acapare:
Quien tenga 25% más 25% de audiencia
25% de frecuencias
de ingresos que 25% de ingresos por publicidad
90% del control del proceso total
su más de su programación su producción
cercano competidor propia y no se abra a productores
19. Propuestas fundamentales
Dominancia
Algunas obligaciones específicas:
Interconexión no discriminatoria con otros operadores.
Prohibición de la propiedad cruzada en otros medios
telecomunicaciones y radiodifusión, plataformas de transmisión
de contenidos o en periódicos y revistas.
No participar en proceso de licitación alguno sobre nuevas
asignaciones de frecuencias para el mismo servicio, zona o
área geográfica de cobertura, u operar bajo arrendamiento
emisoras adicionales a las autorizadas.
20. Propuestas fundamentales
Fomento de la competencia
Retransmisión En sistemas de TV de cable y satelital
de señales por ser servicio universal que debe
ser atendido en beneficio de los
abiertas de usuarios y deje de ser utilizado para
TV limitar la competencia
Clave para el acceso a la
infraestructura y el fortalecimiento
de la competencia entre
Interconexión operadores para elevar la calidad
de los servicios y ofrecer tarifas
más bajas a los consumidores
21. Propuestas fundamentales
Protección de los derechos de los usuarios
Mayores atribuciones a la Profeco
para promover y verificar que los
servicios de telecomunicaciones se
presten con los estándares de
calidad y precio, además de lo que
establece la Ley Federal de
Protección al Consumidor
Obligación de los operadores de
garantizar la confidencialidad y
privacidad de las comunicaciones,
salvo cuando medie orden de
autoridad competente.
22. Propuestas fundamentales
Protección de los derechos de los usuarios
También los prestadores de servicios de telecomunicaciones deberán cumplir:
- Facturación desglosando los conceptos por servicio y las tarifas aplicadas.
- Establecer un procedimiento expedito para la atención y solución de las
reclamaciones de los usuarios.
- Ofrecer acceso gratuito a los números de emergencia.
- Obtener autorización del Instituto para suspender de manera general la
prestación de un servicio de telecomunicaciones.
- Bonificar o reembolsar a los usuarios cuando la suspensión o interrupción
del servicio exceda 24 horas.
- Abstenerse de facturar servicios no contemplados en el contrato.
- Dar aviso a los usuarios y al Instituto de cualquier circunstancia previsible
que repercuta en forma generalizada o significativa en la prestación
del servicio, con una antelación mínima de 24 horas.
- Cuando se dé por terminado anticipadamente el contrato, reembolsar a los
usuarios, dentro de los 10 días naturales siguientes a que ello ocurra,
cualquier cantidad pagada en forma anticipada
- Atender las medidas que indique el Instituto para el uso de los servicios por
parte de las personas discapacitadas.
23. Propuestas fundamentales
Protección de los derechos de los
consumidores
Se acaba el redondeo. Se pagará
por lo que realmente se consume
La unidad de medida será el
segundo cuando se convenga con el
usuario utilizar el tiempo para
determinar el pago por la prestación
de los servicios de
telecomunicaciones.
24. Propuestas fundamentales
Contenidos en convergencia
Regulación de contenidos de radio y televisión,
independientemente del medio tecnológico
que los transmita
25. Propuestas fundamentales
Contenidos: Programación infantil
Mayor protección Clasificación:
para la niñez en
materia de • Aptos para todo
contenidos público, en cualquier
audiovisuales horario.
• Aptos únicamente
para adultos a partir
de las 22:00 horas y
hasta las 06:00 horas.
26. Propuestas fundamentales
Contenidos: Programación infantil
Principios que deberán cumplirse
Evitar las transmisiones contrarias a los
Evitar la programación que estimule o
principios de paz, de no discriminación
haga apología de la violencia
y de respeto a todas las personas
Informar y orientar sobre los derechos de Promover el respeto a los derechos de
las niñas y los niños; las personas con discapacidad
Promover una cultura ecológica que
Promover la tolerancia y el respeto a la
fomente la conciencia, el respeto y
diversidad de opiniones e igualdad de género
la preservación del medio ambiente
Promover una cultura de respeto y
protección a los animales
27. Propuestas fundamentales
Mejores contenidos
En la programación de radio y televisión que se transmita no se podrá:
× Atentar contra la dignidad humana y el respeto a las convicciones políticas
y religiosas.
× Discriminar por motivos de género, etnia, nacionalidad, edad, capacidades
físicas diferentes, o cualquier otra circunstancia personal o social.
× Afectar el honor, la intimidad, el derecho a la propia imagen y la vida
privada de las personas y demás derechos y libertades
× Promover, estimular o hacer apología de la violencia.
× Difundir información contraria a la seguridad del Estado, a la integración
nacional, a la paz y al orden público.
× Transmitir información contraria a la conservación, respeto y preservación
del medio ambiente.
× Violentar los preceptos establecidos en otros ordenamientos legales
aplicables, y
× Transmitir loterías, rifas y otra clase de sorteos, sin previa autorización de
la Secretaría de Gobernación.
28. Propuestas fundamentales
Derecho de réplica
Toda persona que se considere afectada por
informaciones inexactas o agraviantes
emitidas por radio o televisión, cuya
divulgación pueda causarle un perjuicio,
tiene derecho a efectuar en el mismo medio
su rectificación.
Si la rectificación no se divulga, el interesado
podrá acudir ante el Instituto, para el
dictamen de procedencia. En caso de que el
Instituto concediere de pleno derecho la
réplica, la emisora responsable estará
obligada a su inmediata difusión.
29. Propuestas fundamentales
Estímulo a la producción nacional
Como lo hacen las naciones más desarrollados en el
mundo, esta propuesta tiene la finalidad de estimular
producción audiovisual generada en el país y la
difusión de las más diversas visiones y propuestas
en los contenidos de radio y televisión.
Se deberán transmitir contenidos nacionales en un
porcentaje no menor al 50% del tiempo total de la
programación diaria, salvo en las emisoras con formato
eminentemente musical.
En el caso del servicio restringido esta disposición se
aplica para los canales de producción propia.
30. Propuestas fundamentales
Estímulo a la producción independiente
Dentro del porcentaje establecido para la
producción nacional, al menos el 20% de la
programación deberá ser contratada a
productores independientes.
Creación del Fondo Nacional para el Apoyo a la
Producción Independiente, con el objetivo de
contribuir a elevar la calidad de los contenidos.
31. Propuestas fundamentales
Estímulo a la producción nacional
de producción
nacional
a) El primer año a partir de la entrada en vigor de esta Ley, el 20%
b) A partir del segundo año y hasta el inicio del tercer año, el 30%
c) Durante el cuarto año, el 40% y
d) El quinto año el 50%
Esta gradualidad es para fortalecer la industria nacional, mientras
el Fondo comienza a operar
32. Propuestas fundamentales
Atención a personas con discapacidad
Los operadores deberán
incorporar a sus redes el
sistema de subtitulado de
acceso opcional, destinado a
permitir que las personas
sordas o con dificultades para
captar la señal de audio,
puedan comprender lo que se
dice en los programas de
televisión o en los videos.
En el caso de la información relevante para el interés general,
en materia de seguridad nacional, salubridad general y
protección civil y en al menos uno de sus espacios
informativos diarios, de manera simultánea al lenguaje oral,
se deberá emplear la lengua de señas mexicana y/o
subtítulos.
33. Propuestas fundamentales
Códigos de ética
Los concesionarios del servicio de radio y televisión
deberán poner a disposición del público:
Código de Ética
Defensor de la audiencia
Para promover la autorregulación y atender a las
audiencias respecto de los contenidos
34. Propuestas fundamentales
Derechos de los informadores
Se garantiza, como en los países
avanzados, la
“Cláusula de
Conciencia”
Los profesionales de la
información que trabajen en
radio y televisión podrán
negarse motivadamente, a
participar en la elaboración de
informaciones contrarias a los
principios del código de ética,
sin que ello pueda suponer
sanción o perjuicio.
35. Propuestas fundamentales
Tiempos de Estado
Situación actual Propuesta
Radio Radio
30 minutos (LFRT) 60 minutos
35 minutos (Decreto 2002) (5 menos)
Televisión Televisión
30 minutos (LFRT) 60 minutos
18 minutos (Decreto 2002) (12 más)
En atención a la garantía del derecho a la información de los ciudadanos y a
lo que establece la Constitución, el uso del tiempo de Estado será para
informar de acciones de gobierno de interés general por lo deberá
tener carácter institucional y fines informativos, educativos o de orientación
social y en ningún caso estos mensajes incluirán nombres, imágenes,
voces o símbolos que impliquen promoción personalizada de cualquier
servidor publico.
36. Propuestas fundamentales
Tiempos de Estado
Serán utilizados en forma proporcional y descentralizada por los
poderes de la unión y los órganos constitucionales autónomos,
con excepción de lo dispuesto en otros ordenamientos para la
asignación y uso de los tiempos para fines electorales.
40%: Poder Ejecutivo Federal (en emisoras de
radiodifusión de carácter local, la mitad de ese tiempo
se compartirá con los gobiernos de los estados,
distribuidos a su vez de manera proporcional entre los
poderes locales)
30%: Poder Legislativo (en partes iguales entre la
Cámara de Diputados y la Cámara de Senadores)
10%: Poder Judicial Federal, y
20%: Órganos constitucionales autónomos
37. Propuestas fundamentales
Publicidad: tiempo autorizado
Concesionarios con fines de lucro:
En TV no más de 12 minutos por hora
En radio no más de 24 minutos por hora
Concesionarios sin fines de lucro:
En TV no más de 6 minutos por hora
En radio no más de 12 minutos por hora
La aportación fundamental es que la autorización es por
por hora y no por tiempo total de programación, como
ocurre ahora, para no acumular publicidad solo en
determinados horarios.
38. Propuestas fundamentales
Publicidad: respeto a las audiencias
Respetar la continuidad de algunos programas (deportivos
o de entretenimiento, por ejemplo) y no insertar publicidad
durante el desarrollo del evento, sino mediante imágenes
superpuestas que no rebasen una quinta parte de la pantalla
a fin de no interferir la visión del evento, o con menciones o
efectos sonoros.
Prohibida la publicidad encubierta. Ésta debe
diferenciarse claramente del programa, mediante simbología
a través de medios ópticos, acústicos o ambos.
La publicidad o propaganda en contenidos informativos de
la programación debe ser identificada como inserción
pagada mediante un texto superpuesto que permita
reconocerla como tal.
39. Propuestas fundamentales
Publicidad: respeto a las audiencias
En atención al problema de salud publica en materia
de nutrición:
En la publicidad dirigida a la población infantil y
en los cortes entre uno y otro programas de esa
índole, únicamente se transmitirá publicidad
relativa a productos alimenticios y bebidas
cuando cuente con autorización expresa de la
Secretaría de Salud y de la Profeco, a fin de evitar
que se distorsionen los hábitos de la buena
nutrición, que fomenten la adquisición o el consumo
de productos y alimentos con bajo contenido
nutricional o alto valor energético, así como de
bebidas no alcohólicas carbonatadas, hidratantes o
energizantes.
Esta publicidad no podrá exceder del 20% del
total del tiempo autorizado para publicidad por
hora.
40. Propuestas fundamentales
Fondo de Cobertura Social
Administrado a través de un fideicomiso que no
tendrá carácter de entidad paraestatal,
constituido en una sociedad nacional de
crédito
Contará con un Comité Técnico, integrado
por representantes de la SCT, SHCP.
SE, SEDESOL, SEP, SS, SFP, así como
por especialistas.
Su patrimonio se integrará de presupuesto federal; de
concesionarios, permisionarios o asignatarios;
de los estados y municipios, y de cualquier otra
persona física o moral.
41. Propuestas fundamentales
Fondo de Cobertura Social
Si concesionarios, permisionarios o asignatarios realizan
aportaciones al Fondo por el equivalente de al menos
el 1% por ciento de sus ingresos brutos, estarán
exentos de obligaciones y compromisos de cobertura
social establecidos en sus títulos.
La SHCP incluirá en el proyecto de presupuesto de egresos
una cantidad equivalente, cuando menos, al 30% de
los ingresos que en el ejercicio fiscal anterior se
hubieren obtenido por concepto de multas, derechos y
aprovechamientos en materia de telecomunicaciones.
Los recursos del Fondo se administrarán de manera
eficiente, pública, explícita y transparente.